VeriFactu: fechas clave y calendario oficial de entrada en vigor
Publicado: 6 de octubre de 2025
El nuevo sistema de facturación electrónica VeriFactu supondrá un cambio profundo en la forma de registrar operaciones en España.
Su implementación, aplazada a 2027 por el RDL 15/2025, será obligatoria tanto para autónomos como para pymes y grandes corporaciones, lo que exigirá actualizar los programas de facturación para alinearse con los criterios de la Agencia Tributaria (AEAT).
En Bonet Asesores presentamos el calendario de VeriFactu 2027, esencial para anticipar la transición, evitar sanciones y organizar las modificaciones necesarias en cada negocio.
Calendario oficial de VeriFactu publicado por la AEAT
La Agencia Tributaria ha detallado ya las fases de incorporación del sistema.
El RDL 15/2025 estableció las fechas definitivas: 1 de enero de 2027 para sujetos al IS y 1 de julio de 2027 para autónomos y resto, con posibles plazos específicos para determinados sectores.
Inicio de la obligatoriedad
Desde el 1 de enero de 2027 (IS) y el 1 de julio de 2027 (autónomos y resto) las facturas deberán emitirse mediante programas con declaración responsable del fabricante conforme a VeriFactu.
La exigencia se aplicará de forma generalizada, sin diferenciar por volumen ni tamaño de la empresa.
Periodos transitorios
Determinados sectores o regímenes especiales podrían disponer de plazos de adaptación adicionales, aunque serán reducidos y quedarán sujetos a la publicación definitiva del calendario por Hacienda.
Sectores con prioridad
Los primeros obligados a aplicar VeriFactu serán aquellos con gran volumen de transacciones y más exposición a fraude:
-
- Hostelería y restauración.
- Comercio minorista.
- Sanidad privada y farmacias.
- Transporte y logística.
Fechas específicas para los autónomos en España
Los trabajadores por cuenta propia deberán estar atentos al calendario, ya que los plazos variarán según el régimen en el que tributen.
-
- Régimen general de IVA: obligatoriedad desde el 1 de julio de 2027.
- Régimen simplificado: posible margen transitorio, pero igualmente deberán adaptarse.
Incluso los tickets o facturas simplificadas deberán generarse a través de software adaptado a VeriFactu, lo que impactará directamente en sectores con cobros rápidos como hostelería, comercio y determinados servicios.
Fechas específicas para pymes: integración de VeriFactu
En el caso de las pymes, la fecha clave es el 1 de enero de 2027 (si tributa por IS), aunque los requisitos variarán según la tipología del negocio.
-
- Empresas con ERP: deberán adecuar sus sistemas para cumplir con las exigencias técnicas.
- Impacto en la contabilidad: la conexión entre facturación y contabilidad será directa, lo que reducirá errores y dará mayor transparencia ante Hacienda.
Ejemplo: un pequeño comercio que trabaje con TPV tendrá que asegurarse de que su sistema esté adaptado a VeriFactu con VeriFactu antes de la fecha límite. Si no lo hace, no podrá emitir facturas válidas.
Sectores con plazos especiales: sanidad, hostelería y transporte
Algunas actividades contarán con particularidades específicas:
-
- Sanidad y farmacias: deberán adaptarse desde el inicio, aunque podrían disponer de guías técnicas específicas.
- Hostelería: debido al alto volumen de facturación simplificada, será uno de los sectores más vigilados.
- Transporte y logística: tanto autónomos como empresas deberán integrar sus programas con VeriFactu en plazos ajustados a la actividad.
¿Cómo afrontar cada fase del calendario oficial de VeriFactu?
Más allá de las fechas, cada empresa debe organizar un plan de implementación adaptado a su realidad.
Checklist de preparación:
-
- Confirmar que el software utilizado esté homologado por la AEAT.
- Establecer un calendario interno de migración.
- Hacer pruebas piloto antes de la entrada en vigor.
- Recordar que no basta con emitir facturas electrónicas: el software debe estar adaptado a VeriFactu.
- Formar al equipo administrativo y contable en el nuevo sistema.
- Contar con el respaldo de una asesoría especializada para asegurar una transición sin riesgos.
Tabla con los plazos de entrada en vigor de VeriFactu
| Tipo de contribuyente | Fecha límite de adaptación | Particularidades |
|---|---|---|
| Empresas (pymes y grandes, sujetos al Impuesto de Sociedades) | 1 de enero de 2027 | Incluye todas las sociedades, sin distinción de tamaño. |
| Autónomos (todos los regímenes) | 1 de julio de 2027 | No hay distinción oficial entre régimen general o simplificado. |
| Comunidades de bienes y otras entidades no sujetas a IS | 1 de julio de 2027 | Mismo plazo que los autónomos. |
| Fabricantes y comercializadores de software de facturación (fuente: RDL 15/2025, BOE-A-2025-24446) | 9 meses desde la orden ministerial HAC/1177/2024 | Deben ofrecer versiones adaptadas en ese plazo. |
Prepárate con antelación y garantiza el cumplimiento de VeriFactu en tu empresa en Mallorca
En Bonet Asesores te acompañamos en el cumplimiento de los plazos de VeriFactu.
Entendemos que la adaptación a VeriFactu no consiste únicamente en actualizar un programa, sino en revisar y optimizar los procesos internos de facturación y gestión.
Una correcta planificación permitirá que la transición se convierta en una oportunidad para modernizar la gestión administrativa de tu negocio, mejorar la trazabilidad de las operaciones y reforzar la transparencia frente a la Agencia Tributaria.
Con el acompañamiento adecuado, podrás cumplir con la normativa sin interrupciones y aprovechar la ocasión para hacer tu empresa más eficiente.
Confía en nuestra asesoría fiscal en Mallorca, estamos para ayudarte.
Preguntas frecuentes sobre entrada en vigor de VeriFactu
¿Cuándo comienza a aplicarse VeriFactu?
El 1 de enero de 2027 para sujetos al Impuesto de Sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y resto de contribuyentes (RDL 15/2025, de 2 de diciembre). El fabricante del software emite declaración responsable ante la AEAT; no existe homologación oficial.
¿El calendario es uniforme para todos?
No, hay dos fechas distintas: 1 de enero de 2027 para personas jurídicas sujetas al IS y 1 de julio de 2027 para autónomos, comunidades de bienes y otros. Ambas establecidas por el RDL 15/2025.
¿Qué ocurre si no me adapto a tiempo?
Emitir facturas con software no adaptado a VeriFactu puede acarrear sanciones de hasta 50.000 € por ejercicio y la paralización de la actividad.
¿Qué pasos debo dar antes de 2027?
Comprobar la certificación de tu software, formar al equipo y apoyarte en una asesoría como Bonet Asesores para implementar la normativa de manera segura.
¿Cómo será la implantación?
La obligatoriedad arranca el 1 de enero de 2027 (IS) y el 1 de julio de 2027 (autónomos y resto), según el RDL 15/2025. Pueden existir plazos específicos para fabricantes de software.

